Marco legal
El arrendamiento de vivienda urbana en Colombia se rige principalmente por la Ley 820 de 2003 y el Código Civil.
Derechos del arrendatario (inquilino)
Uso pacífico del inmuebleRecibir el inmueble en buen estadoNo ser desalojado sin proceso legalQue el canon no aumente más del IPC del año anteriorQue le devuelvan el depósito al entregar el inmueble en buen estadoObligaciones del arrendatario
Pagar el canon de arrendamiento en la fecha acordadaCuidar el inmueble y hacer reparaciones locativasNo subarrendar sin autorizaciónRestituir el inmueble al terminar el contratoIncremento del canon
[Ley 820 de 2003, Art. 20]
El canon solo puede incrementarse una vez al añoEl incremento **no puede superar el IPC** (Índice de Precios al Consumidor) del año anteriorDebe notificarse con **antelación** al arrendatarioCanon máximo
[Ley 820 de 2003, Art. 18]
El canon mensual no puede exceder el **1% del valor comercial del inmueble**El valor comercial no puede exceder **2 veces el avalúo catastral**Terminación del contrato
Por parte del arrendador:
[Ley 820 de 2003, Art. 22]
Necesitar el inmueble para habitarlo (3 meses de preaviso)Reparaciones o demolición (3 meses de preaviso)Incumplimiento del arrendatarioPor parte del arrendatario:
[Ley 820 de 2003, Art. 24]
Libre terminación con 3 meses de preavisoSi no da preaviso: debe pagar 3 meses de indemnizaciónDepósito o garantía
[Ley 820 de 2003, Art. 16]
Prohibido exigir depósitos que superen el canon de arrendamiento como condiciónEn la práctica, se permite un depósito razonable para garantizar el estado del inmueble¿Tienes preguntas sobre este tema?
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