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¿Quién debe declarar renta en Colombia? Guía 2026


¿Qué es la declaración de renta?


La declaración de renta es una obligación tributaria mediante la cual las personas naturales y jurídicas informan a la DIAN sus ingresos, patrimonio, deducciones y retenciones del año gravable anterior, conforme al [Estatuto Tributario].


¿Quién debe declarar renta?


Personas naturales


[Estatuto Tributario, Art. 592-594]


Debes declarar renta si durante el año gravable cumpliste al menos uno de estos topes:


  • Ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT
  • Patrimonio bruto al 31 de diciembre igual o superior a 4.500 UVT
  • Compras y consumos iguales o superiores a 1.400 UVT
  • Consignaciones bancarias iguales o superiores a 1.400 UVT
  • Consumos con tarjeta de crédito iguales o superiores a 1.400 UVT

  • Personas jurídicas


    Todas las sociedades y entidades con fines de lucro deben declarar renta, salvo las expresamente exceptuadas por la ley (entidades sin ánimo de lucro del régimen especial, entre otras).


    Cédulas de renta para personas naturales


    [Estatuto Tributario, Art. 330]


  • Cédula general: Rentas de trabajo, rentas de capital y rentas no laborales
  • Cédula de pensiones: Ingresos por pensiones de jubilación, invalidez o sobrevivientes
  • Cédula de dividendos: Dividendos y participaciones recibidos

  • Calendario tributario


    La DIAN publica anualmente el calendario con los plazos para declarar según los dos últimos dígitos del NIT o cédula. Generalmente los plazos para personas naturales van de agosto a octubre del año siguiente al gravable.


    Deducciones y rentas exentas


    Puedes reducir tu base gravable con:


  • Aportes a pensión obligatoria y voluntaria
  • Aportes a cuentas AFC (Ahorro para el Fomento de la Construcción)
  • Intereses de crédito hipotecario para vivienda
  • Dependientes económicos (hasta 72 UVT)
  • Medicina prepagada (hasta 16 UVT)
  • Renta exenta del 25% sobre ingresos laborales

  • Límite: Las deducciones y rentas exentas no pueden superar el 40% del ingreso neto ni las 5.040 UVT anuales.


    Sanciones por no declarar


    [Estatuto Tributario, Art. 641-643]


  • Sanción por extemporaneidad: 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso, sin exceder el 100%
  • Sanción por no declarar: 20% del valor de las consignaciones bancarias o de los ingresos brutos
  • Intereses moratorios: Se causan sobre el impuesto y las sanciones no pagadas

  • Recomendación


    La declaración de renta tiene implicaciones significativas. Consulta con un contador público o abogado tributarista para optimizar tu declaración, aplicar correctamente las deducciones y evitar sanciones.


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