Tus derechos si te detienen en Colombia
Derechos fundamentales del detenido
La Constitución Política de Colombia y el Código de Procedimiento Penal (Ley 906 de 2004) garantizan los siguientes derechos a toda persona detenida:
1. Derecho a conocer los motivos de la detención
[Constitución, Art. 28]
La policía debe informarte inmediatamente por qué te están deteniendo.
2. Derecho a guardar silencio
[Constitución, Art. 33]
No estás obligado a declarar contra ti mismo. Todo lo que digas puede ser usado en tu contra.
3. Derecho a un abogado
[Constitución, Art. 29]
Tienes derecho a un abogado desde el momento de la detención. Si no puedes pagar uno, el Estado debe asignarte un defensor público.
4. Derecho a una llamada
Puedes comunicarte con un familiar o abogado.
5. Derecho a no ser torturado
[Constitución, Art. 12]
Nadie puede ser sometido a tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes.
6. Derecho a la presunción de inocencia
[Constitución, Art. 29]
Eres inocente hasta que se demuestre lo contrario mediante sentencia judicial.
¿Qué hacer si te detienen?
Plazo máximo de detención
[Constitución, Art. 28; Ley 906 de 2004, Art. 297]
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